Nota de la Sección Sindical en PC-City







CNT ha sentado jurisprudencia en el caso del despido de un delegado sindical en PC-CITY

PC-CITY renuncia, a pesar de estar a trámite, el recurso en el Tribunal Supremo por el despido de un delegado sindical de CNT.

- La empresa sigue con la actitud antisindical hacia el delegado, al haberle impuesto recientemente una sanción y al no pagarle parte del salario que le corresponde.
En febrero del 2006, PC-CITY SPAIN, S.A. despidió a un delegado sindical de CNT en una de las tiendas que la compañía tiene en la Ronda Sant Antoni de Barcelona, de forma fraudulenta y encubierta. De tal modo que, tras finalizar su contrato eventual de 5 meses no fue renovado en un claro acto de represión sindical, según se demuestra a pesar de le negación, ante la evidencia, de la empresa. Tras el juicio por despido, el Juzgado número 12 de lo Social de Barcelona declaró el despido nulo integral, obligando a la empresa a readmitirlo inmediatamente.

Sin embargo, la compañía presentó recurso y se negó a reincorporarlo en su puesto de trabajo por su condición de militante anarcosindicalista y al participar activamente en la acción sindical en la empresa.

Finalmente, tras más de un año desde que nuestro compañero Eric fue injustamente despedido, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ratificó la sentencia, de modo que obligaba nuevamente a readmitir -de forma inmediata- al delegado sindical de CNT.

A pesar de reincorporar al trabajador, la empresa presentó un nuevo recurso en un estamento legal superior, el Tribunal Supremo, siguiendo la misma postura que en anteriores casos: intentar demostrar la ausencia de represión sindical, aunque esta fuera más que evidente, al haber sido no renovado mientras estaba participando en unas negociaciones.

Pero actualmente, la situación dio un giro y la empresa, posiblemente al observar las pocas oportunidades de revocar la sentencia inicial y el posterior recurso al TSJC, renunció a seguir adelante el proceso, reconociendo los motivos del despido y sentando así una jurisprudencia en el TSJC a favor del trabajador.

A día de hoy, la empresa sigue en su postura de acoso hacia el compañero, como demuestran la sanción interpuesta recientemente a nivel interno de la empresa, llamada “evidencia”, manipulando la realidad, y al no haberle pagado en este último mes las comisiones que debía percibir, según la política salarial que determina la misma empresa.

Desde la sección sindical de CNT-AIT Barcelona en PC-CITY, queremos reconocer la gran importancia de esta jurisprudencia, no solo por el hecho de demostrar la represión sindical que sufrimos miembros y delegados, claramente demostrada una vez más, sino también por sentar un precedente legal que creemos que puede servir a trabajadores que quieran luchar por sus derechos, al margen de comités de empresa, y todo lo que deriva de ellos.

Además, queremos recordar que aunque prosigan las actitudes antisindicales contra el compañero o cualquier otro miembro de la sección, no cesaremos en denunciar la realidad de los trabajadores en la empresa, y como se vulneran nuestros derechos, incluso los más básicos como el de filiación y actividad sindical.

Secció Sindical de CNT en PC-CITY Barcelona.